DIAXME es una empresa dedicada a la prestación de servicios de Imagenología; establece dentro de sus prioridades la protección de la Seguridad y Salud de los colaboradores, proveedores, visitantes y/ o contratistas, mediante la identificación, priorización y control de riesgos laborales y la mejora continua.
Con este fin, la gerencia se compromete a asignar los recursos humanos, técnicos y económicos necesarios para el adecuado desarrollo del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo y consecuente a esta gestión se tendrán en cuenta los siguientes objetivos:
Identificar los peligros, evaluar y valorar los riesgos y establecer los respectivos controles.
Proteger la seguridad y salud de todos los colaboradores, mediante la mejora continua del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST) en la empresa.
Cumplir la normatividad nacional vigente en materia de riesgos laborales.
En cumplimiento la Resolución 1075 de 1992, por la cual se reglamentan actividades en materia de Salud Ocupacional (seguridad y salud en el trabajo) en su Artículo 1, sobre fomentar la prevención y el control de la fármaco dependencia, el alcoholismo y el tabaquismo, dirigidas a sus trabajadores; y en la Resolución 1956 de 2008, por la cual se adoptan medidas en relación con el consumo de cigarrillo o de tabaco; La Empresa Radiólogos Asociados SAS, a través de la Gerencia General, tiene la siguiente Política de No Alcohol, No Droga, No Tabaquismo:
- Se prohíbe el consumo, el uso ilícito de drogas legales o el uso, posesión, distribución y venta de tabaco, alcohol y drogas psicoactivas, por parte de los empleados, visitantes y contratistas, durante las horas de trabajo, sean estas dentro o fuera de las instalaciones de la misma.
- Se prohíbe presentarse a trabajar bajo los efectos de drogas psicoactivas y/o alcohol.
- Garantizar espacios libres de humo de cigarrillo o de tabaco en cada uno de las sedes, instalando señalización preventiva e informativa.
La Política No Alcohol, No Droga, No Tabaquismo en el Ámbito Laboral, se orienta al cumplimiento de los siguientes principios:
- Desarrollar actividades de promoción y prevención que reduzcan los riesgos de accidentes, ausentismo y todo otro daño al medio laboral en relación con el uso indebido de alcohol, tabaco y drogas.
- No permitir al trabajador, laborar o visitar las áreas de trabajo bajo la influencia de bebidas alcohólicas o sustancias alucinógenas que alteren el estado de la conciencia, el estado de ánimo, la percepción y la capacidad de reacción.
- Fomentar y promover la participación de todos los niveles de la organización en la implementación de la seguridad y la salud en el lugar de trabajo con programas de información, instrucción y capacitación sobre el alcohol, tabaco y las drogas psicoactivas.
- Brindar asesoramiento, tratamiento y rehabilitación sobre problemas de alcohol, drogas psicoactivas o tabaco al trabajador; si éste no colabora con su tratamiento, la empresa podrá tomar las medidas disciplinarias que considere oportunas.
Se sancionará a los trabajadores por el no cumplimiento de la Política No Alcohol, No Droga, No Tabaquismo; también cuya conducta sea impropia como consecuencia de problemas relacionados con el consumo de alcohol, drogas psicoactivas o tabaco. La empresa podrá llevar a cabo las pruebas o revisiones respectivas a sus trabajadores para verificar el cumplimiento de esta política, si así lo considera conveniente. El no acceder a la prueba se considerará como indicio de sospecha y se tomarán medidas disciplinarias.
El Gerente informa que la Política No Alcohol, No Droga, No Tabaquismo deberá ser adoptada y comunicada al Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo (COPASST); y éste a su vez, informará a todo el personal de la organización en concordancia al Programa de Capacitación, Participación y Consulta.
Para la empresa, la salud y la seguridad en el trabajo forman parte de la naturaleza misma del trabajo y por lo tanto presta especial interés y compromiso en la prevención de accidentes e incidentes en los procesos operativos y administrativos incluyendo el transporte de personas, productos y servicios.
Las actividades de transporte en vías públicas, debe formar parte de la planeación y diseño de los trabajos que aquí se realizan, para evitar al máximo las situaciones de riesgo que puedan afectar a las personas, los equipos y las instalaciones.
Para tal efecto la alta gerencia se compromete con lo siguiente:
- Establecer actividades de promoción y prevención frente a la conducción de accidentes en vía pública.
- Cumplir con la reglamentación establecida en el Código Nacional de Tránsito Terrestre según la ley 769 de 2002, que se enmarca en principios de seguridad, calidad, la preservación de un ambiente sano, la protección del espacio público y demás normatividad legal vigente aplicable a la empresa.
- Establecer estrategias de concientización a los colaboradores a través de capacitaciones de orientación a la prevención de accidentes de tránsito y respeto por las señales de tránsito vehicular, que permitan la adopción de conductas proactivas frente al manejo defensivo.
- Destinar los recursos financieros, técnicos y humanos necesarios para el buen desarrollo y mejora continua del plan estratégico de seguridad vial.
- Promover el uso de cinturón de seguridad para conducción de vehículos.
- Concientizar al personal sobre la abstención del uso de equipos de comunicación durante la conducción, en cumplimiento a la legislación y teniendo en cuenta su aplicación en rutas internas y externas.
- Promover y regular el descanso adecuado de los conductores, y horas de conducción durante la prestación del servicio.
Esta política entra en vigencia a partir de su publicación y será revisada periódicamente con el fin de evaluar su eficacia y mejoramiento continuo.
La empresa está comprometida en generar un ambiente de trabajo sano, seguro y adecuado para todos sus trabajadores, contratistas y subcontratistas; promueve estrategias que minimizan el acoso laboral, contando con la participación de los trabajadores y trabajadoras desde su responsabilidad y compromiso.
Para el cumplimiento de la Política se fijan los siguientes aspectos:
• Todos los trabajadores (as) tienen derecho a trabajar en un entorno libre de toda forma de discriminación y conductas que se puedan considerar hostigamiento, limitación o alteración.
• Por su parte la empresa se compromete a prevenir y minimizar las conductas del acoso laboral y a defender el derecho de todos (as) los(as) trabajadores (as) para ser tratados con dignidad en el trabajo. Todos ellos deberán colaborar conjuntamente en la instauración del plan de prevención contra el acoso laboral en el lugar de trabajo.
• La empresa también se compromete a establecer actividades tendientes a generar una conciencia colectiva de sana convivencia, que promueva el trabajo en condiciones dignas y justas; la armonía entre quienes comparten vida laboral empresarial y el buen ambiente en la empresa y proteja la intimidad, la honra, la salud mental y la libertad de las personas en el trabajo.
- Cualquier persona que se comprometa en un comportamiento de hostigamiento será sujeta a investigación de acuerdo a lo establecido en la normativa vigente, procedimientos y sus respectivas medidas disciplinarias.
Esta política entra en vigencia a partir de su publicación y será revisada periódicamente con el fin de evaluar su eficacia y mejoramiento continuo